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Proyecto de ley/28 de abril de 2026/Estado moderno

Ley Orgánica de la Auditoría General de la Nación

El expediente S-609/26 reglamenta el artículo 85 de la Constitución y fortalece la independencia, transparencia y eficacia del control externo del Estado.

Instituciones fuertes necesitan controles independientes, información pública y plazos que se cumplan.

Resumen ciudadano

La Auditoría General controla cómo se usan los recursos públicos. El proyecto le da reglas orgánicas, plazos y procedimientos de selección que siguen pendientes desde la reforma constitucional de 1994.

Problema que aborda

La falta de una ley orgánica deja responsabilidades difusas, demoras en dictámenes y una incidencia limitada de los informes de auditoría sobre el control parlamentario.

Qué propone

Regular la integración y selección de autoridades, ampliar el universo auditable, fijar plazos y fortalecer la Comisión Parlamentaria Mixta Revisora de Cuentas.

Impacto real

Reglas claras y plazos concretos pueden mejorar la detección de irregularidades, la publicidad de los informes y la rendición de cuentas.

Qué significa para las provincias

El control externo alcanza recursos y políticas nacionales que impactan en todas las provincias y permite evaluar si el gasto aprobado llega a destino.

Posición de Flavia

La corrupción no depende sólo de personas: también de la calidad de los sistemas de control, de su capacidad de detectar desvíos y de las consecuencias ante el incumplimiento.

Una deuda constitucional

El artículo 85 de la Constitución Nacional reconoce a la Auditoría General de la Nación como órgano de asistencia técnica del Congreso. El expediente S-609/26 propone la ley orgánica necesaria para ordenar su independencia, sus competencias y su funcionamiento.

Reformas estructurales

  • Un Colegio integrado por Presidencia y cuatro Auditores Generales.
  • Designación de la Presidencia por el principal partido de oposición, con mandato y límites definidos.
  • Selección pública, declaraciones juradas y un período de impugnaciones ciudadanas.
  • Auditoría de campañas electorales y de organismos del propio Congreso.
  • Plazos para dictámenes, planes de acción y memorias anuales.
  • Sanciones para quienes incumplan el deber de colaborar.

Más capacidad de control parlamentario

También amplía y regula la Comisión Parlamentaria Mixta Revisora de Cuentas para reducir demoras y dar mayor publicidad a la información.

Documentos y descargas